Conformación de comidas escolares.

Esto es aplicable para aquellas escuelas del Sistema Educativo Nacional que cuenten con la modalidad de comidas escolares; deberán observar los criterios técnicos nutrimentales que permita a las y los estudiantes tener una dieta adecuada.

(SEP; SSA, 2024).

En las escuelas con actividades de preparación o expendio de alimentos y bebidas no alcohólicas, la autoridad escolar será responsable de asegurar el cumplimiento en la conformación de los desayunos, refrigerios y comidas escolares que ésta expenda, cuidando el aporte energético y nutrimental que corresponda a cada grupo de edad, tipo, nivel o servicio educativo.

(SEP; SSA, 2024).

La autoridad escolar necesita dar seguimiento a la capacitación y/o certificación del personal involucrado en la preparación de alimentos y bebidas en escuelas, y la orientación alimentaria para madres, padres de familia y personas tutoras de las y los estudiantes, a fin de que los refrigerios escolares traídos desde casa cumplan con las características señaladas anteriormente en el apartado de refrigerios. Esto sin perjuicio de las obligaciones de aplicar, vigilar y sancionar de las autoridades educativas y las autoridades sanitarias.

(SEP; SSA, 2024).

En cuanto a energía se refiere en la comida por grupo de edad, queda de la siguiente manera:

  • Nivel básico (inicial): de 300 a 360 kcal en la comida.
  • Nivel básico (preescolar): de 390 a 450 kcal en la comida.
  • Nivel básico (primaria): de 450 a 540 kcal en la comida.
  • Nivel básico (secundaria): de 540 a 690 kcal en la comida.
  • Nivel medio superior: de 690 a 780 kcal en la comida.
  • Nivel superior: de 510 a 630 kcal en la comida.
  • Formación para el trabajo: de 510 a 630 kcal en la comida.

(SEP; SSA, 2024).

Las comidas escolares, deberán estar conformadas por los 3 grupos de alimentos (sin azúcar o sal añadida):

  1. Verduras y frutas frescas.
  2. Cereales integrales
  3. Leguminosas y alimentos de origen animal.

Lo anterior, debe de integrarse de la siguiente manera:

  • Entrada: sopa, ensalada o verduras.
  • Plato fuerte: que tenga verduras, cereal integral y una leguminosa o alimento de origen animal.
  • Fruta fresca o deshidratada.
  • Agua para uso consumo humano a libre demanda.

(SEP; SSA, 2024).

Criterios técnicos alimentarios, nutrimentales y de calidad nutricional.

Los menús deberán tener las siguientes características para comida escolar:

  • Incluir agua para uso y consumo humano o bien agua de fruta natural sin azúcar, máximo dos veces por semana.
  • En caso de integrar agua de fruta natural, ésta deberá cumplir con las siguientes características:
    • Ser preparada con fruta fresca, disponible en la región y de temporada.
    • No añadir azúcar.
  • Incluir un platillo fuerte que tenga verduras, cereal integral y una leguminosa o alimento de origen animal.
  • Incluir como máximo dos cereales diferentes por menú como tortilla, avena, arroz, papa con cáscara, tortilla de harina integral, pasta integral, galletas integrales, entre otros (preferir la tortilla de maíz por su alto aporte de calcio y fibra).

(SEP; SSA, 2024).

  • En caso de incluir arroz, éste deberá acompañarse de verduras, para compensar su poco aporte de fibra dietética. Cuando la papa no sea un ingrediente principal, agregarla en una pequeña cantidad.
  • Incluir una porción de fruta fresca sin adición de azúcares, grasa o sal.
  • Dar prioridad a los platillos que no requieran grasa en su preparación o que la requieran en muy pequeñas cantidades, como los guisados en salsa, asados, horneados, tostados, cocidos al vapor, evitando los platillos fritos, capeados o empanizados. En caso de requerirse, usar siempre aceites vegetales para su preparación.
  • A las preparaciones de alimentos y bebidas no alcohólicas no se deberá añadir azúcar o sal.
  • No está permitida la adición de fuentes de cafeína ni edulcorantes.

(SEP; SSA, 2024).

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